La lista de la UE y las listas del GAFI: en qué se diferencian

La lista de la UE de terceros países de alto riesgo es Derecho de la UE que los bancos y las demás entidades obligadas de la UE deben aplicar. Las listas negra y gris del GAFI son declaraciones de un organismo internacional de normalización, que los Estados aplican mediante sus propias normas. Hoy figuran 26 países en la lista de la UE y 21 países en las listas del GAFI; 17 figuran en ambas.

De un vistazo

La lista de la UE y las dos listas del GAFI comparadas
Terceros países de alto riesgo de la UELista negra del GAFILista gris del GAFI
Publicada porComisión EuropeaGrupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)
Forma jurídicaUn reglamento delegado, obligatorio en todos los Estados miembros de la UEUna declaración pública; no es una norma jurídica en sí mismaUna declaración pública; no es una norma jurídica en sí misma
Qué exigeMedidas reforzadas de diligencia debida por parte de las entidades obligadas de la UEMedidas reforzadas de diligencia debida y, en los casos más graves, contramedidasNo exige diligencia debida reforzada; tener en cuenta la inclusión en el análisis de riesgos
Cómo cambiaMediante un reglamento de la Comisión que modifica la listaUna nueva declaración tras cada plenaria del GAFI, tres veces al añoUna nueva declaración tras cada plenaria del GAFI, tres veces al año
Países hoy26 países3 países18 países
Lista vigenteReglamento Delegado (UE) 2016/1675, modificado por última vez por 2026/83Declaración del GAFI, octubre de 2026Declaración del GAFI, octubre de 2026

Quién las publica

La lista de la UE la elabora la Comisión Europea en virtud del artículo 9 de la Directiva (UE) 2015/849, la directiva de la UE contra el blanqueo de capitales. Figura en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1675 y en los actos que lo modifican. Al evaluar un país, la Comisión tiene en cuenta las evaluaciones e informes de organismos internacionales de normalización como el GAFI.

Las listas del GAFI las publica el Grupo de Acción Financiera Internacional, el organismo intergubernamental que establece las normas internacionales contra el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación. Son dos: las jurisdicciones de alto riesgo sujetas a un llamado a la acción, que se suele llamar la lista negra, y las jurisdicciones bajo mayor monitoreo, que se suele llamar la lista gris. Se encuentran en el sitio web del GAFI.

Qué exigen

La lista de la UE es vinculante. Un reglamento delegado se aplica directamente en cada Estado miembro, y la directiva obliga a los bancos y a las demás entidades obligadas a aplicar medidas reforzadas de diligencia debida a las relaciones de negocios y las operaciones en las que interviene un país de la lista (artículo 18 bis de la Directiva (UE) 2015/849). La lista de la UE es una sola lista: las mismas normas se aplican a todos los países que figuran en ella.

Las listas del GAFI no son normas jurídicas en sí mismas. Para la lista negra, el GAFI pide a todas las jurisdicciones que apliquen medidas reforzadas de diligencia debida y, en los casos más graves, contramedidas. Para la lista gris, no pide diligencia debida reforzada, pero anima a sus miembros a tener en cuenta la inclusión en su análisis de riesgos. Cada Estado decide cómo aplicarlo mediante sus propias leyes y las orientaciones de sus supervisores.

Cómo cambian

El GAFI revisa sus dos listas en cada sesión plenaria, que se celebra tres veces al año, y publica al final de la reunión una declaración actualizada para cada lista.

La lista de la UE solo cambia cuando la Comisión adopta un reglamento delegado que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2016/1675. El Parlamento Europeo y el Consejo pueden formular objeciones durante un periodo de control, tras el cual la modificación se publica en el Diario Oficial y entra en vigor.

Como cada lista cambia por su propio procedimiento, pueden diferir durante un tiempo: un país que el GAFI incluye o excluye sigue igual en la lista de la UE hasta que surte efecto un reglamento modificativo.

En qué difieren hoy las listas

En la lista de la UE y en una lista del GAFI (17 países)

  • AngolaLista de la UE, Lista gris del GAFI
  • BoliviaLista de la UE, Lista gris del GAFI
  • CamerúnLista de la UE, Lista gris del GAFI
  • Corea del NorteLista de la UE, Lista negra del GAFI
  • HaitíLista de la UE, Lista gris del GAFI
  • IránLista de la UE, Lista negra del GAFI
  • Islas Vírgenes BritánicasLista de la UE, Lista gris del GAFI
  • KeniaLista de la UE, Lista gris del GAFI
  • LaosLista de la UE, Lista gris del GAFI
  • LíbanoLista de la UE, Lista gris del GAFI
  • MyanmarLista de la UE, Lista negra del GAFI
  • NepalLista de la UE, Lista gris del GAFI
  • SiriaLista de la UE, Lista gris del GAFI
  • Sudán del SurLista de la UE, Lista gris del GAFI
  • VenezuelaLista de la UE, Lista gris del GAFI
  • VietnamLista de la UE, Lista gris del GAFI
  • YemenLista de la UE, Lista gris del GAFI

Solo en la lista de la UE (9 países)

Solo en una lista del GAFI (4 países)

Que un país no figure en estas listas no significa por sí solo que su riesgo sea bajo; su propia evaluación de riesgos sigue siendo necesaria.

Fuentes

Esta página explica las listas y no constituye asesoramiento jurídico. Consulte las fuentes oficiales antes de basarse en una inclusión.

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